¿EN BUSCA DE TRANSPORTE?

LLÁMANOS AHORA

MERCANCÍAS RESTRINGIDAS

Una mercadería restringida es todo objeto que por su naturaleza, condición, característica, uso o destino final, debe cumplir necesariamente determinados requisitos en su control y fiscalización para poder ingresar al país, como pueden ser autorizaciones, certificados y/o declaraciones Juradas.

Dentro de las Mercancías Restringidas más comunes tenemos:

  • Perfumes.
  • Cremas.
  • Cosméticos (labiales, esmaltes, maquillaje).
  • Vitaminas, suplementos, golosinas.
  • Medicinas.
  • Material médico.
  • Biberones, chupones, curitas o venditas.
  • Pañales.
  • Celulares y equipos de comunicación en general que no se encuentren en el listado de productos homologados ante el MTC.
  • Equipos que emitan señal WiFi.
  • Todo artículo de consumo humano y animal.
  • Artículos que tengan contacto directo con la piel, que se introduzcan en el cuerpo humano o animal.
  • Juguetes (Cantidad limitada a 5 unidades por persona al año, de lo contrario se debe tramitar un permiso ante DIGESA).

MERCANCÍAS PROHIBIDAS

La mercadería prohibida de ingresar al territorio nacional incluye entre otras:

  • Encendedores.
  • Artículos domésticos como lejía, limpiadores.
  • Limpiadores para drenajes.
  • Gases comprimidos.
  • Spray combustibles de butano.
  • Tanques de buceo, tanques de propano.
  • Armas de fuego.
  • Pólvora, municiones.
  • Gas lacrimógeno.
  • Spray pimienta.
  • Hielo seco.
  • Baterías.
  • Equipos de acampar con combustible y otros.
  • Sustancias químicas ilegales.
  • Dinero.
  • Ropa y calzado usado.